Una vez que se contó con la aceptación de ambas partes, se celebró un procedimiento de juicio abreviado donde M.J.S.M. fue declarado penalmente responsable de los delitos de violencia familiar agravada y violación, ejecutados en agravio de su pareja sentimental, por lo que fue sentenciado a siete años y cuatro meses de prisión, además una multa de 666 días.
Durante el procedimiento abreviado celebrado en el Centro de Justicia Oral de Mérida, la Fiscalía General del Estado (FGE) aportó las prueba suficientes para comprobar la plena responsabilidad del acusado y fuera sentenciado, además de la pena de prisión, a recibir amonestación pública, la suspensión de sus derechos políticos y no acercarse a la víctima por tres años más después de cumplir con la pena en prisión.
De los hechos, desahogados ante el Juez Primero de Control bajo la causa penal 23/2024, se establece que el acusado y la víctima tuvieron un noviazgo entre octubre del 2021 y agosto del 2023, tiempo durante el cual el encausado ejerció actos abusivos en agravio de la afectada, dañándola física y psicológicamente, hasta que en junio pasado, estando en un predio del fraccionamiento Ampliación Juan Pablo II, haciendo uso de la violencia física, el acusado forzó a la joven a tener relaciones sexuales.
Antes de finalizar la diligencia, ambas partes estuvieron de acuerdo en dispensar la audiencia de individualización de sanciones, por lo que quedan en firme las penas señaladas.
Mérida, Yucatán a 11 de diciembre de 2024.